Transformando Locales en Hogares: Requisitos y Consideraciones Importantes
La transformación de locales comerciales en viviendas es una tendencia creciente que busca dar nueva vida a espacios urbanos. Sin embargo, este proceso está sujeto a una serie de requisitos y condiciones para garantizar la habitabilidad y la conformidad con las normativas urbanísticas. A continuación, detallamos algunos de los aspectos clave que debes tener en cuenta:
Requisitos Generales:
- La transformación debe cumplir con las condiciones de habitabilidad establecidas por la Normativa Urbanística del Ayuntamiento local.
Vivienda Mínima:
- La vivienda mínima debe contar con estancia-comedor, cocina, dormitorio y aseo.
- La superficie útil debe ser igual o superior a 40 metros cuadrados, permitiendo incluso una distribución en una única pieza diáfana (excepto el baño) con funciones de salón-comedor-cocina-dormitorio.
Condiciones en el Municipio de Madrid:
En el caso específico del municipio de Madrid, se imponen ciertas condiciones que incluyen:
- Nivel de Suelo: Ninguna pieza, habitable o no, debe tener el suelo por debajo del nivel de la acera.
- Plantas Sótano: No se permiten plantas sótano, excepto en viviendas unifamiliares.
- Fachada y Ventilación: La vivienda debe ocupar una longitud específica de la fachada con ciertos requisitos para el hueco de luz y ventilación.
- Ahora mismo la normativa esta establecida en una longitud superior a tres (3) metros en la que exista una pieza habitable de 12 m2 y un círculo de 2.70 m de diámetro tangente al paramento en el que se sitúa el hueco de luz y ventilación.
- Cocina y Chimenea: La cocina debe contar con una chimenea para la evacuación de gases, independientemente del hueco de luz y ventilación. Dispondrá de chimenea para su evacuación directamente a cubierta, nunca a fachada o a un patio, e independientemente del hueco de luz y ventilación (o se realizará con filtros de carbono).
- Altura Libre Mínima: Se establece una altura mínima en salón-comedor, dormitorios, cocina, pasillo y baños. La altura libre mínima de suelo a techo en cada vivienda será de minímo 2,50 metros, en el salón-comedor y dormitorios, y de 2,20 metros en cocina, pasillo y baños.
- Puertas y Ventanas: Dimensiones mínimas para puertas y ventanas, con requisitos específicos para la iluminación.
Diseño de la Distribución:
- Superficies mínimas para distintas estancias como dormitorios, salón-comedor, cocina y aseo.
- Ancho mínimo del pasillo establecido en 90 cm.
División en Viviendas Múltiples:
- Si se planea dividir un local en dos o más viviendas, el Ayuntamiento puede exigir la aportación de plazas de aparcamiento vinculadas a las viviendas.
Estos requisitos varían según la normativa de cada municipio y comunidad autónoma, siendo esenciales para garantizar la calidad y habitabilidad de las nuevas viviendas.
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En este complejo proceso de transformación, contar con expertos es esencial.
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